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Divorcio unilateral

El divorcio unilateral permite solicitar el término del matrimonio aunque uno de los cónyuges no esté de acuerdo, cumpliendo los requisitos legales.

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Divorcio culposo

El divorcio culposo procede cuando uno de los cónyuges ha incurrido en una falta grave que hace intolerable la vida en común.

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Compensación económica

La compensación económica busca reparar el menoscabo económico sufrido por uno de los cónyuges a causa del matrimonio o del cuidado de la familia.

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Liquidación de sociedad conyugal

La liquidación de sociedad conyugal permite determinar y distribuir los bienes adquiridos durante el matrimonio bajo dicho régimen patrimonial.

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Preguntas frecuentes

  • Puede ser de común acuerdo, unilateral o culposo, según las circunstancias del matrimonio.

  • No siempre. En ciertos casos puede solicitarse el divorcio unilateral.

  • Pueden regularse alimentos, cuidado personal, relación directa y regular, compensación económica y bienes.

  • Es una prestación que puede solicitar el cónyuge que sufrió un menoscabo económico por el matrimonio.

  • Sí. Revisamos los bienes, deudas y derechos para orientar su distribución.

  • Depende del caso. Se debe revisar si existe cese efectivo de la convivencia y cómo puede acreditarse.

  • Certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de hijos, antecedentes de cese de convivencia y documentos patrimoniales, si corresponde.

  • Depende del tipo de divorcio, tribunal, notificación, existencia de acuerdo y materias pendientes.