Visitas y Pensión de Alimentos
Asesoramos en pensión de alimentos, cumplimiento, aumento, rebaja o cese, además de régimen de relación directa y regular, resguardando los derechos familiares involucrados.
Relación directa y regular
La relación directa y regular regula el contacto entre hijos y el padre o madre que no vive con ellos de manera habitual.
Más informaciónPensión de alimentos
La pensión de alimentos permite fijar judicialmente una suma destinada a cubrir las necesidades del alimentario.
Más informaciónCumplimiento de alimentos
El cumplimiento de alimentos permite exigir el pago de pensiones adeudadas mediante las herramientas legales disponibles.
Más informaciónRebaja de pensión de alimentos
La rebaja de pensión de alimentos permite solicitar la disminución del monto fijado cuando cambian las circunstancias económicas o familiares.
Más informaciónAumento de pensión de alimentos
El aumento de pensión de alimentos permite solicitar un mayor monto cuando han aumentado las necesidades del alimentario o la capacidad económica del alimentante.
Más informaciónCese de pensión de alimentos
El cese de pensión de alimentos permite solicitar el término de la obligación cuando desaparecen los requisitos que justificaban su pago.
Más información¿Listo para comenzar?
Cuéntanos tu caso. Te orientamos paso a paso y revisamos la mejor alternativa legal para regularizar la herencia.












Preguntas frecuentes
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Se consideran las necesidades del alimentario y la capacidad económica del alimentante.
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Sí. Puede solicitarse cuando aumentan las necesidades o mejora la capacidad económica del obligado.
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Sí. Procede cuando cambian las circunstancias económicas o familiares.
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Se puede solicitar el cumplimiento y aplicar medidas legales para exigir el pago.
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Es el régimen que permite mantener contacto entre los hijos y el padre o madre que no vive con ellos.
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Sí. Procede cuando desaparecen los requisitos que justificaban la obligación de pago.
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Liquidaciones, cartolas, gastos del alimentario, certificados, antecedentes laborales y comprobantes de pago.
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Sí. Puede solicitarse modificación si cambiaron las circunstancias o el régimen actual no resulta adecuado.
